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Obligarnos a parir


En los pasados días se han reanudado las vistas legislativas sobre cinco proyectos relacionados con el derecho al aborto. Cuatro de esos proyectos (693, 1084, 1419 y 715) pretenden restringir el derecho de las mujeres y personas con capacidad de gestar a tomar decisiones sobre nuestro cuerpo. Además, pretenden obligar a mantener embarazos en contra de su voluntad aún en situaciones como agresiones sexuales, incesto, problemas de desarrollo o condiciones de salud del feto o condiciones de salud física o mental de la persona embarazada.


Uno de los argumentos que se han presentado para justificar esta violación crasa de nuestros derechos a la dignidad, intimidad, libertad e igualdad es la baja tasa de natalidad y el envejecimiento poblacional. Bajo argumentos como este, la Cámara propone enmendar el Código Penal con el proyecto 715, para categorizar como doble asesinato cuando la mujer asesinada esté embarazada, o asesinato cuando muere el feto a consecuencia de una agresión a la persona embarazada. Estas disposiciones ya están atendidas en el Código Penal vigente en el artículo 66 y el artículo 100. Entonces, si la conducta que se quiere prevenir ya está atendida por el código, ¿cuál es el propósito de este proyecto?


La intención legislativa es clara: abrir camino a la protección legal de fetos a costa de la autonomía de las mujeres y personas gestantes. Sobre esto, dice la exposición de motivos del Proyecto 715: “Y entre las razones de ese envejecimiento es el calo alarmante de la natalidad. Ese calo solo puede ser revertido con políticas públicas, también en el ámbito penal, que protejan y promuevan una nueva mentalidad social sobre la vida que nos libere del reduccionismo legal del nasciturus al ámbito de la terminación del embarazo y nos abra el horizonte legítimo del Estado en la promoción de la vida por nacer”.


Entonces, ante el problema de la baja poblacional la alternativa presentada por el proyecto es reconocerle derechos al feto como sujeto separado del cuerpo de la persona embarazada. Es decir, restringir la autonomía de las mujeres y personas con capacidad de gestar para tomar decisiones sobre su reproducción. Este tipo de medidas descubre una tendencia de proteger la vida del feto por encima de la vida de las mujeres. Intenta justificar la intervención del gobierno en decisiones tan íntimas como parir o no parir en aras de aumentar la natalidad en contra de la voluntad y autonomía de las mujeres como si nuestro valor se redujera a ser meras incubadoras.


Si en efecto se quiere atender la baja poblacional en Puerto Rico, si en efecto queremos prevenir que se nos vacíe el país, debemos atender las razones que provocan que la gente se vaya o que decida no reproducirse. Busquemos alternativas para que la gente tenga una vivienda digna. Que los niños, niñas y niñes tengan acceso a educación, que no se sigan cerrando las escuelas y que se pague justamente al magisterio. Aseguremos que las personas tengan acceso a servicios de salud que incluyan salud mental, reproductiva y preventiva. Busquemos medidas para atender la pobreza y la desigualdad. Detengamos el desplazamiento de nuestra gente pobre y joven a causa de la entrega a manos privadas ricas y extranjeras de nuestras tierras y propiedades. Que las personas tengan un salario justo para que puedan satisfacer sus necesidades básicas y no tengan que salir del país.


Garanticemos que las personas tengan acceso a asuntos esenciales como agua, luz, comida.

La alternativa no puede ser obligar a las mujeres a parir. La alternativa debe ser garantizar que todas las personas podamos tener una vida digna. Así se protege la vida.


 

Columna original publicada en El Nuevo Día, 7 de octubre de 2022: https://www.elnuevodia.com/opinion/punto-de-vista/obligarnos-a-parir/



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